Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

¿Se pueden aprobar solicitudes de afiliación al servicio de bienestar en reunión extraordinaria del Consejo Administrativo?

Sí, según la modificación que introdujo el Decreto Supremo N° 4, de 2013, al artículo 8° del Decreto Supremo N° 28 de 1994, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el Consejo Administrativo deberá pronunciarse sobre la solicitud de afiliación en la sesión ordinaria o extraordinaria siguiente a la fecha de la solicitud.

Vea además:

Servicios de Bienestar del Sector PúblicoRégimen Servicios de bienestar del sector público