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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 2

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Fecha: 24 de agosto de 1953

Materia: Sobre Aplicación del Art. 25 del D.F.L. 31 que trata de la obligación que tienen las Instituciones Señaladas en el posponer recíprocamente sus Hipotecas.

Tema: VARIOS

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.F.L. N° 31, artículo N° 25, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional.

Departamento(s): JURÍDICO

Temas

Varios

Circulares citadas

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Vea además:

Circulares de SUSESOCircular 2