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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3121-1991

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Fecha: 19 de abril de 1991

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: INSTITUTO DE SALUD PREVISIONAL

Fuentes: D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18993;

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. Nº 10155, de 1990, de la Superintendencia de Seguridad Social


Cumplo con devolver 3 resoluciones recaídas en licencias médicas de los funcionarios de este Organismo, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 36 del D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud, esto es que el médico cirujano autorizado por la ISAPRE para pronunciarse sobre la aprobación, modificación o rechazo de licencias deberá consignar bajo su firma, en el formulario de licencias su pronunciamiento. De dicho pronunciamiento deberá enviarse copia timbrada por correo certificado a los domicilios del trabajador y su empleador. Y así continuar con el trámite regular

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
05/04/1990Dictamen 3121-1990Licencias médicas D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud