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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1959-1994

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Fecha: 11 de febrero de 1994

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: FONDO NACIONAL DE SALUD

Fuentes: D.S. Nº 369, de 1985, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18.469; Ley Nº 16.395


Ha recurrido la Jefa Regional del Servicio de Bienestar del Ministerio de Obras Públicas de la XI Región, exponiendo la situación que afecta al operario de la Dirección de Vialidad, que individualiza, quien en el año 1989 obtuvo un préstamo médico a través del Fondo Nacional de Salud, por la suma de $193.315., para pagar los programas médicos Nºs. 012 y 013, por la atención de dos hijos menores.

El referido préstamo debía ser cancelado en 62 cuotas de $4.366, cada una.

Sin embargo, en diciembre de 1989, la Dirección de Vialidad recibió la Carta Nº 117065, de noviembre de 1989, del Fondo Nacional de Salud, donde se le señalaba que debía efectuar descuentos por un período de 109 meses, por un monto mensual de $4.366.

De lo anterior se deduce que existiría un error y que por el préstamo de $193.315 se pagaría en definitiva la suma de $475.894, lo que equivale a un 145% de recargo.

Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que de acuerdo al inciso cuarto del artículo 31 de la Ley Nº 18.469, los requisitos, garantías, intereses penales, plazos, recaudación, cobro y percepción de dividendos y las demás condiciones y modalidades del otorgamiento y servicio de los préstamos, serán establecidos en el reglamento.

Dicho Reglamento, contenido en el D.S. Nº 369, de 1985, del Ministerio de Salud, no señala el número mínimo o máximo en que se debe servir la deuda, sólo dispone en su artículo 71 que dicho pago se efectuará en cuotas iguales y sucesivas, en las que se incluirá el reajuste conforme al Indice de Precios al Consumidor, con vencimiento mensuales, cuyo monto no podrá exceder del 10% del ingreso certificado en la solicitud de préstamo presentada por el afiliado

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
10/01/2012Dictamen 1959-2012Créditos socialesCapacidad de endeudamiento - Crédito social - Endeudamiento - TasaLey N° 18833
28/02/1992Dictamen 1959-1992Licencias médicas  
27/02/1985Dictamen 1959-1985Asignación familiar Ley Nº 14.157; Ley Nº 18.095; D.L. Nº 3.500, de 1980
31/05/1978Dictamen 1959-1978Asignación familiar Ley Nº 16.781; Ley Nº 10.475; D.L. Nº 307, de 1974
TítuloDetalle
Artículo 31Ley 18.469, artículo 31