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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 41965-2006

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Fecha: 18 de agosto de 2006

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL

Fuentes: Ley N° 11.764; Ley N° 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 168, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


1.- Mediante el ordinario de antecedentes, la Directora del Servicio de Salud Bío Bío remitió a esta Superintendencia, un proyecto de decreto supremo que modifica el reglamento particular del Servicio de Bienestar de dicha entidad, aprobado por el D.S. N° 168, citado en fuentes.

El objeto de la modificación es reducir el porcentaje del aporte institucional que es de cargo de los afiliados pasivos.

2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple con manifestar que no tiene observaciones que formular al proyecto, toda vez que se ajusta a la reglamentación vigente y a las instrucciones impartidas sobre la materia. Por lo mismo, procede la dictación del decreto aprobatorio correspondiente, salvo opinión en contrario de esa Subsecretaría.

Sin perjuicio de lo anterior, en la elaboración del decreto supremo es necesario corregir la referencia que se hace al artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile, sustituyéndola por otra al artículo 32 N° 6 de la misma norma, por ser ésta la disposición que regula la materia de que se trata

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
03/07/2014Dictamen 41965-2014Seguro laboral (Ley 16.744)Prestaciones economicas invalidez invalidez parcial cálculoArts. 26 y 38 Ley N°16.744; arts. 2° y 4° DL. N°3.501, de 1980 y art. 26 Ley N°15.386.