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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 23123-2008

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Fecha: 04 de abril de 2008

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley Nº 18.469; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 80, de 14 de marzo de 2008, del Presidente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Maule


1.- Mediante la presentación de antecedente, usted ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la Unidad de Subsidios de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Maule, por el no pago de los subsidios por incapacidad laboral que se generaron en virtud de estar acogido a licencias médicas desde el 01 de julio de 2003 hasta el 20 de octubre de 2003.

Expone que en dicho período se dirigió a la COMPIN Regional del Maule de Talca, y le informaron que no tenía derecho a cobrar y por su desconocimiento no efectuó mas el tramite a pesar de que le produjo un grave detrimento.

Agrega que si bien el artículo 24 de la Ley N°18.469 prescribe que "el derecho a impetrar el subsidio por incapacidad laboral prescribe el seis meses desde el término de la respectiva licencia", existe también una disposición legal que señala que el plazo puede ser interrumpido o suspendido conforme a las reglas generales que establece el derecho civil. En su caso, los pagos debieron efectuarse en su oportunidad lo que no ocurrió.

2.- Requerida al efecto, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Maule informó que los subsidios por incapacidad laboral reclamados fueron percibidos y cobrados en su oportunidad.

Adjunta listado maestro de pago de subsidios, además cartola del Banco Estado en las cuales consta que las licencias médicas:

-N° 2-12269615 desde el 01 al 15 de julio de 2003, por 15 días de reposo, generó un subsidio por incapacidad laboral de $42.742 y fue pagado por cheque TA-2742 el 24 de julio de 2003.


-N°2-12269624 desde el 16 al 30 de julio de 2003, por 15 días de reposo, generó un subsidio por incapacidad laboral de $42.742 y fue pagado por cheque TA- 2809 el 31 de 31 de julio de 2003.

-N°2-12269639 desde el 31 de julio de 2003 a 29 de agosto de 2003, por 30 días de reposo, generó un subsidio de $85.484, y fue pagado por cheque TA-3265 el 28 de agosto de 2003.

-N°1-11702968 desde el 30 de agosto de 2003 al 29 de septiembre de 2003, por 31 días de reposo, generó un subsidio por incapacidad laboral de $88.334 y fue pagado por cheque N° TA-3675 el 02 de octubre de 2003.

-N°1-11702132 desde el 30 de septiembre de 2003 al 20 de octubre de 2003, por 21 días de reposo, generó un subsidio de $59.839 y fue pagado por cheque TA-3975 el 23 de octubre de 2003.

3.- Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se aprueba lo informado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez del Maule y se considera suficientemente atendida su presentación, puesto que, los subsidios por incapacidad laboral reclamados fueron pagados oportunamente

TítuloDetalle
Artículo 24Ley 18.469, artículo 24