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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 26296-2010

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Fecha: 03 de mayo de 2010

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Confirma

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Procedimiento- Acreditación-

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social


1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, exponiendo la situación previsional que afecta a su hermano, viudo, beneficiario de una pensión asistencial por invalidez, (actualmente pensión básica solidaria) quien al presentar la solicitud en la Municipalidad de Penco omitió declarar a su hijo Juan Ignacio Llanos Molina como causante de asignación familiar, por lo que al efectuar el trámite con posterioridad, a la fecha de su presentación, no le han pagado el monto retroactivo de asignación familiar que le correspondería.

Expresa que el 01 de junio de 2006, se otorgó su pensión asistencial por invalidez y en marzo de 2009, inició el trámite en el Instituto de Previsión Social para incorporar a su hijo como carga familiar, la que fue aceptada y pagada el 01 de julio de 2008. En esa oportunidad se le informó que, para el pago del monto retroactivo ( junio de 2006 a junio de 2008), debía acudir a la Municipalidad de Penco para su pago, trámite que efectuó el 18 de marzo de 2009, sin embargo, en esa Municipalidad lo han tramitado a través del tiempo, para posteriormente indicarle que no correspondía pagar en circunstancias que en el Instituto de Previsión Social le informaron que procedía el pago.

2.- Consultado al efecto, el Instituto de Previsión Social informó con respecto al pago de asignación familiar a su hermano , que el día 22 de diciembre de 2009, fue pagado el monto correspondiente a la asignación familiar de su hijo, por el período de julio de 2006 al 30 de junio de 2008, cuyo monto ascendió a la suma de $114.228.

3.- Sobre el particular cabe manifestar a usted que consultado el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión y Fiscalización de los Regímenes de Prestaciones Familiares y de Subsidio Familiar, de esta Superintendencia, figura como beneficiario de asignación familiar por su hijo
Por consiguiente, se aprueba lo informado por el Instituto de Previsión Social y se considera suficientemente atendida su presentación