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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3670-2010

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Fecha: 19 de enero de 2010

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: PRESIDENTE COMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ REGIONAL METROPOLITANA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud


1.- El interesado, ha comparecido a esta Superintendencia, solicitando que esa Comisión, ante el extravío de los originales de las licencias médicas Nºs. 1-25539868, 22929290, 25333899 y 25604217, que se perdieran a consecuencias de un robo producido en su domicilio, emita otras en su reemplazo.

Hace presente que las fotocopias de dichos documentos forman parte del expediente en poder de este Servicio y que mediante oficio Nº 49252 de 6 de octubre de 2009 esta Superintendencia dispuso que debía autorizarse el reposo prescrito en las licencias aludidas, por cuanto se acreditó la incapacidad laboral correspondiente durante la vigencia de las licencias reclamadas.

2.- Sobre el particular, este Organismo ya ha tenido ocasión de pronunciarse acerca del procedimiento a seguir en los casos de extravío de licencias médicas, concluyéndose que los trabajadores que se hallen afectados por dicha pérdida, pueden recurrir a la COMPIN respectiva, con el objeto que se extienda un formulario de reemplazo. La licencia del caso debe extenderse en los mismos términos que la licencia médica reemplazada, pudiendo disponer posteriormente, el pago del subsidio por incapacidad laboral, en la medida en que se cumplan los requisitos para tal efecto.

3.- Habiéndose concluido en definitiva, que correspondía autorizarle las licencias médicas individualizadas, corresponde que esa COMPIN emita los formularios correspondientes de reemplazo

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
26/06/1984Dictamen 3670-1984Varios D.F.L. Nº 150, de 1981
10/10/1983Dictamen 3670-1983Servicios de Bienestar Ley Nº 17.538; D.S. Nº 290, de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social