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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 6817-2011

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Fecha: 01 de febrero de 2011

Tema: LICENCIAS MÉDICAS

Destinatario: SUBCOMISION DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ METROPOLITANA SUR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Fuentes: D.S. Nº3, de 1984, del Ministerio de Salud. Ley N° 16395.


1.- Ha recurrido a esta Superintendencia el interesado , por cuanto esa Comisión redujo a 10 días y la ISAPRE Cruz Blanca S.A. redujo a 5 días el período de su licencia médica N° 31904655, emitida inicialmente por 15 días a contar de 15 de septiembre de 2010.

Según consta en Resolución N° 1536, de 28/10/2010, esa Comisión instruye a la ISAPRE acoger 10 días la licencia en cuestión, por considerar reposo injustificado.

2.- Esta Superintendencia estudió los antecedentes, y con su mérito concluyó que el reposo prescrito por la licencia ya individualizada se encontraba justificado. Esta conclusión se basa en que se acreditó incapacidad laboral durante todo el período de la licencia reclamada.

3.- En virtud de lo dispuesto en el D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud y en ejercicio de sus facultades previstas en la Ley N° 16.395, esta Superintendencia acoge la reclamación deducida y, en consecuencia, instruye a esa COMPIN e ISAPRE para que modifique la resolución reclamada y disponga la autorización de la licencia médica individualizada en este Oficio.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
28/08/1990Dictamen 6817-1990Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Ley Nº 18.867; Código del Trabajo
22/08/1988Dictamen 6817-1988Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744
TítuloDetalle
Ley 16.395Ley 16.395

Legislación citada

Ley 16.395

Vea además:

Dictámenes SUSESO