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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 23068-2015

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Fecha: 13 de abril de 2015

Tema: CCAF

Destinatario: CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Aportes del 1% de pensionada afiliada

Fuentes: Ley N°16.395 y Ley N°19539.

Concordancia con Oficios: Oficio N°45101, de 15 de julio de 2014, de esta Superintendencia


1.- En presentación singularizada en el N°1 de antecedentes, la interesada menciona que el año 2012 se cambió de C.C.A.F. desde "A" a la Caja "B". La primera le había otorgado un crédito cuya última cuota correspondía al mes de diciembre de 2014. Señala que cuando comenzó a hacer gestiones para tomar un nuevo crédito se enteró que su 1% no había sido ingresado a C.C.A.F. "B" por lo que no pudo solicitar su devolución ni acceder a un nuevo crédito en dicha institución. La reclamante solicita aclarar el destino del aporte como pensionada, ya que éste ha sido descontado como acredita mediante copia de tres liquidaciones acompañadas, indicando que desea la devolución de dichos aportes.

2.- Al respecto, la Caja de Compensación "B" informó a esta Superintendencia que con fecha 1° de octubre de 2012, efectivamente, la interesada se afilió a ella, presentando los documentos requeridos y llevando a cabo el proceso en concordancia con la normativa vigente.

En cuanto al hecho de que los aportes por concepto de 1% no habrían sido ingresados a la Caja de Compensación "B" se constató, después de una revisión realizada por la Caja que usted administra, que efectivamente estos aportes no aparecen registrados.

3.- Por este motivo, revisados los antecedentes tenidos a la vista, especialmente las copias, que se adjuntan, de las liquidaciones de pensión de lainteresada, que acreditan el descuento del aporte por la entidad pagadora, esta Superintendencia instruye a la Caja de Compensación "B" que realice gestiones directamente con A.F.P. Capital S.A., a fin de verificar que los aportes acreditados en los documentos mencionados sean remitidos a la Caja de Compensación y efectúe las devoluciones que correspondan en conformidad a lo señalado en el Oficio N°45101, de 15 de julio de 2014, de esta Superintendencia.