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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 9292-2016

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Fecha: 15 de febrero de 2016

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: COMPIN

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: cálculo remuneración ocasional


1.- Mediante presentación de antecedentes se ha dirigido a esta Superintendencia un trabajador solicitando un pronunciamiento respecto de lo resuelto por la COMPIN mediante Resolución Exenta de 2015, en la cual se rechazó el reclamo en contra de la ISAPRE, por el cálculo del subsidio por incapacidad laboral por las licencia médicas.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia informa que se revisó el cálculo efectuado por la ISAPRE para determinar los subsidios correspondientes a las licencias, y se encontró que ambos fueron mal determinados.
En efecto, para el cálculo del subsidio de la licencia otorgada a contar del 3/ de febrero de 2015, se consideraron las remuneraciones imponibles de los meses de noviembre y diciembre de 2014 y enero de 2015, no obstante, en por el mes de noviembre no se consideró la remuneración imponible, que se encuentra registrada en el certificado de imposiciones de la AFP.
Respecto del subsidio por la licencia otorgada a contar del 15 de mayo de 2015, se debió incluir las remuneraciones de febrero, marzo y abril de 2015, pero en el mes febrero la ISAPRE no consideró la remuneración percibida por el interesado, por concepto de "Bono especial", por considerarla ocasional. Cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes que se tuvo a la vista, como son las liquidaciones de sueldos de seis meses de 2015, la citada remuneración se recibió al menos en tres oportunidades seguidas, por lo que no tiene el carácter de ocasional.
3.- En consideración a lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia acoge el reclamo del interesado e instruye a la COMPIN que ordene a la ISAPRE reliquidar los subsidios reclamados por el interesado incorporando las observaciones hechas y pagar las diferencias que correspondan.