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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 927-2019

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Fecha: 22 de enero de 2019

Destinatario: SERVICIO PÚBLICO

Observación: Servicio de Bienestar. Aporte retroactivo de jubilado que recién se pensiona.

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Servicios de Bienestar; Pensionado;

Fuentes: Ley N° 16.395 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): Intendencia de Beneficios Sociales

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

1.- Por el oficio de antecedentes, esa Institución ha consultado a esta Superintendencia como se procede al recálculo de los aportes en el caso de un jubilado que se acogió a retiro en enero de 2018 (oportunidad en que manifestó su voluntad de continuar afiliado al Servicio de Bienestar), considerando que su pensión se hizo efectiva a contar del mes de julio del mismo año, por lo que sólo tendría las liquidaciones de pensión de julio en adelante y no las de enero a junio de 2018, necesarias para hacer el recálculo del aporte al Servicio de Bienestar a partir de enero de dicho año.

Por otra parte, hace presente que a partir de enero de dicho año el afiliado ha pagado el valor de la prima del seguro de salud al Servicio de Bienestar.

2.- Al respecto, esta Superintendencia manifiesta que en el entendido que no es posible contar con las liquidaciones de pensión de enero a junio de 2018, el recálculo del aporte deberá hacerse desde enero en base al monto de la pensión del mes de julio de ese año.

TítuloDetalle
Artículo 24Ley 16.395, artículo 24