ley 18.768, artículo 60
Texto
Artículo 60.- En el inciso primero del artículo 10, del decreto ley N° 889, de 1975, agrégase a continuación de la palabra "Zona", precedida de una coma (,), la siguiente frase: "con excepción de aquellas personas contratadas en calidad de trabajadores de casa particular".