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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.267, artículo 14

Texto

    Artículo 14.- Durante el año 1994, el aporte a que se refiere el artículo 23 del decreto ley N°249, de 1974, tendrá un monto de $ 32.000.- para las entidades que no gozan de los beneficios especiales de salud establecidos en la ley N°19.086.