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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.578, artículo 7

Texto

     Artículo 7º.- Modifícanse las plantas de personal
del Servicio de Impuestos Internos, establecidas por el
artículo 14º de la ley Nº 19.041, modificadas por las
leyes Nºs. 19.224 y 19.226, cuyo texto refundido y
actualizado se fijó mediante decreto supremo Nº 1.368, del
Ministerio de Hacienda, de 1993, de la siguiente forma:

     1.- En la Planta de Profesionales, créanse los
siguientes cargos:

     Diez profesionales grado 5
     Cuatro profesionales grado 6 
     Tres profesionales grado 7 
     Dos profesionales grado 8

     Los cargos que se crean en este número, podrán ser
ejercidos, indistintamente, por Ingenieros Civiles o
Ingenieros de Ejecución en el área de Informática.

     2.- En la Planta de Fiscalizadores, créanse los
siguientes cargos:

     Veinte fiscalizadores grado 10
     Veinte fiscalizadores grado 11 
     Veinte fiscalizadores grado 12 
     Veinticuatro fiscalizadores grado 13 
     Diecinueve fiscalizadores grado 14 
     Ocho fiscalizadores grado 15

     3.- A contar del 1º de enero de 1999, en las Plantas
que se indican, créanse los siguientes cargos:

     A.- Planta Profesionales:

     Tres profesionales grado 5 
     Dos profesionales grado 6 
     Tres profesionales grado 7 
     Dos profesionales grado 8

     B.- Planta de Fiscalizadores:

     Cinco fiscalizadores grado 10 Cinco fiscalizadores
grado 11 Cinco fiscalizadores grado 12

     4.- A contar del 1º de enero del año 2000, en las
Plantas que se indican, créanse los siguientes cargos:

     A.- Planta de Profesionales:

     Dos profesionales grado 5 
     Tres profesionales grado 6 
     Dos profesionales grado 7 
     Tres profesionales grado 8

     B.- Planta de Fiscalizadores:

     Cinco fiscalizadores grado 10 
     Cinco fiscalizadores grado 11 
     Cinco fiscalizadores grado 12

     Los grados de Profesionales que se crean en los
numerales 3 y 4 de este artículo, podrán ser ejercidos,
indistintamente, por Abogados, Ingenieros Civiles,
Ingenieros Comerciales o Ingenieros en Ejecución en el
área de Informática.