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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.880, artículo 69

Texto

     Artículo 69. Facúltase al Presidente de la República
para que en el plazo de un año, mediante un decreto con
fuerza de ley del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, modifique el sistema destinado a calificar
ambientalmente un estudio o una declaración de impacto
ambiental de la ley Nº 19.300, con el propósito de
simplificarlo y reducir sus plazos de tramitación. En
ningún caso, el plazo total de tramitación podrá exceder
de noventa días.".