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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.642, artículo 16

Texto

     Artículo 16.- Durante el año 2013 el aporte máximo a que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de 1974, tendrá un monto de $96.504.
     El aporte extraordinario a que se refiere el artículo 13º de la ley Nº 19.553, se calculará sobre dicho monto.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
26/08/2013Dictamen 54159-2013Servicios de BienestarAportes extraordinariosley 20.642, artículo 16