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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 39

Texto

    Artículo 39°.- A petición de la Superintendencia, el            (DL 307/74
Banco del Estado de Chile abrirá una cuenta corriente               ART 42°)
subsidiaria de la Cuenta Unica Fiscal para el manejo de los         DL 3501/80
recursos del Fondo y contra la cual girarán las                     ART 8°
instituciones administradoras. Esta cuenta tendrá, a su             INC. FINAL.
vez, las cuentas auxiliares que sean necesarias para
facilitar el movimiento de sus fondos y establecer los
controles adecuados.