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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 75

Texto

    Artículo 75°.- El decreto ley N° 307, de 1974, rige             (DL 307/74
desde el 1° de Enero de 1974 y el decreto ley N° 603, de            ART 61°)
1974, desde el 1° de Agosto de 1974.
    Las normas de este decreto con fuerza de ley  dictadas          DL 603/74
en conformidad a las facultades conferidas al Presidente de         ART 37°)
la República por el inciso final del artículo 8° del                DL 3501/80
decreto ley N° 3.501, de 1980, entrarán en vigencia el 1°           ART 8°
de Enero de 1982.