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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 54 de 1969 Mintrab, artículo 25

Texto

    Artículo 25°. Los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad a que se refiere este reglamento permanecerán en
funciones mientras dure la faena, sucursal o agencia o
empresa respectiva.
    En caso de dudas acerca de la terminación de la faena,
sucursal o agencia o empresa decidirá el Inspector del
Trabajo.