Texto
Art. 367.- Oportunidad, formalidades y
comunicación del proyecto. El sindicato podrá
presentar el proyecto de convenio colectivo a
una o más empresas, una vez iniciada la obra o
faena transitoria.
Copia del proyecto de convenio colectivo
firmada por un representante de la o las
empresas, para acreditar que ha sido recibido,
deberá entregarse a la Inspección del Trabajo
respectiva, dentro de los cinco días siguientes
a su presentación.
Si el representante de la empresa se negare
a firmar dicha copia, la organización sindical
podrá requerir a la Inspección del Trabajo,
dentro de los tres días siguientes al
vencimiento del plazo señalado en el inciso
anterior, para que le notifique el proyecto de
convenio.