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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 11.764, artículo 24

Texto

    Artículo 24.° Concédese una subvención
extraordinaria, por una sola vez, de $ 10.690.000, al
Consejo General del Colegio de Abogados, para el
mantenimiento y desarrollo del Servicio de Asistencia
Judicial de su inmediata dependencia, la atención de sus
demás necesidades y, especialmente, para mejorar las
actuales remuneraciones de su personal durante el presente
año, debiendo invertir $ 8.000.000 en estos fines y
distribuir el resto, con el mismo objeto, entre los Consejos
Provinciales en la forma indicada en el inciso 2.° del
artículo 33.° de la ley 6.417.