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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 11.764, artículo 65

Texto

    Artículo 65.° Agrégase en el inciso 2.° del
artículo 15.° transitorio de la ley 11.575, sobre Reforma
Tributaria, de 14 de agosto de 1954, la siguiente letra:
    "d) Cuando se trate de llenar cargos en el Poder
Judicial, vacantes del Registro Civil e Identificación, de
la Superintendencia de Aduanas y de la Empresa de
Transportes Colectivos del Estado y plazas de los Servicios
de Prisiones y del Hospital Clínico "J. J. Aguirre" de la
Universidad de Chile".