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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 11.764, artículo 82

Texto

    Artículo 82.° Créase un cargo de Oficial Relacionador
del Ejecutivo con el Congreso Nacional, dependiente de la
Presidencia de la República, con 7.a categoría debiendo
imputarse el mayor gasto al ítem 01|01|01 Sueldos Fijos del
Presupuesto de la Presidencia de la República.