ley 11.764, artículo 111
Texto
Artículo 111.° Agrégase en el inciso 2.° del artículo 39.° de la ley 8.419, entre la conjunción "y" y la frase "que excedan de sus sueldos fijos y de sus gratificaciones legalmente obligatorias", la frase, entre comas, "en el caso de los que sean empleados".