Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1274-1982

.

Fecha: 03 de junio de 1982

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD

Fuentes: Ley Nº 16.744; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Oficios: Oficios Ords. Nºs 281; 839, de 1978 y 1982, todos de la Superintendencia de Seguridad Social


A la Compañía Chilena de Electricidad Limitada le fue conferida su calidad de Administradora Delegada del Seguro Social de Accidentes del Trabajo en virtud de una resolución especial, lo cual no significa que, en caso de modificarse su naturaleza jurídica creándose al efecto diversas filiales, pueda extenderse la referida calidad en forma tácita y automática

Por el contrario, atendido el hecho que cada nueva entidad constituye una persona jurídica diversa, en caso que desee obtener la Administración Delegada prevista en la Ley Nº 16.744, deberá cumplir con el trámite y requisitos fijados por dicha ley y sus reglamentos.

Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
11/02/1992Dictamen 1274-1992Seguro laboral (Ley 16.744) Ley Nº 16.744; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744