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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 4984-2019

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Fecha: 11 de julio de 2019

Materia: Subsidio por Incapacidad Laboral. Trabajadores independientes obligados a cotizar.

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: ENTIDADES PAGADORAS DE SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Acción: Instruye

Criterio: Nuevo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Subsidio por incapacidad laboral; Trabajadores independientes

Fuentes: Leyes N°s 16.395 y 21.133 y D.L. N° 3.500 de 1980

Departamento(s): INTENDENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES - NORMATIVO

Concordancia con Circulares: Circular N° 3425 de 2019, de esta Superintendencia.

Esta Superintendencia, en relación a los subsidios por incapacidad laboral de los trabajadores independientes obligados a cotizar, ha estimado necesario precisar a las entidades pagadoras de subsidio por incapacidad laboral, lo siguiente:

a) No se debe solicitar la presentación de boletas de honorarios ni exigir copia del contrato de prestación de servicios a los trabajadores independientes que pagaron sus cotizaciones en el proceso de operación renta, bastando el comprobante de pago de las cotizaciones a que se alude en la letra siguiente.

b) Tener presente que el trabajador que emite boletas de honorarios puede descargar un comprobante de pago de cotizaciones en la página web del Servicio de Impuestos Internos. www.sii.cl. Este comprobante le servirá para todo el periodo de cobertura, vale decir, desde el 1° de julio hasta el 30 de junio del año siguiente.

c) Las consultas o reclamos relacionados con el pago del Subsidio por Incapacidad Laboral de los trabajadores independientes obligados a cotizar podrán formularse a través de la página web de esta Superintendencia (www.suseso.cl).

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
01/04/2022Circular 3660Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesREQUISITOS DE ACCESO Y PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL DE ORIGEN COMÚN Y MATERNAL DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES INSTRUCCIONES APLICABLES A CASOS DE DOBLE CALIDAD DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICALey N°16.395; D.F.L. N°1, de 2005 del Ministerio de Salud; Ley N°21.133; D.S. N°22, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, D.S. N° 57, de 1990.
28/04/2020Circular 3514Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesIMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA DOBLE CALIDAD DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES Y EN RELACIÓN A LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS TRANSITORIAS DEL PERÍODO 2019 A 2027, COMPLEMENTA LA CIRCULAR N° 3425, DE FECHA 12 DE JUNIO DE 2019, DE ESTA SUPERINTENDENCIA.Ley Nº 16.395; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 1, de 2005,del Ministerio de Salud; Ley Nº 21.133, artículos segundo y cuarto transitorios; artículo 42 Nº 2, del D.L. Nº 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda
12/06/2019Circular 3425Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesIMPARTE INSTRUCCIONES EN RELACIÓN A REQUISITOS DE ACCESO Y CALCULO DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL Y MATERNAL DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES Ley N° 16.395. Ley N° 21.133. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 22, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
18/04/2024Dictamen 63201-2024Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Licencias Médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesLey 16.395, artículo 27; Ley 21.133; DL 3500, artículos 92, 69, 90; DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 152; DL 824, artículo 42 N° 2
17/11/2021Dictamen 4297-2021Asignación familiar - Ley Sanna - Licencias médicas - Seguro laboral (Ley 16.744) - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientesTrabajadores independientesLeyes N°s. 16.395 y 21.133
27/04/2021Dictamen 51265-2021SIL maternal - Trabajadores independientes Subsidio por incapacidad laboral - Subsidio maternal - Trabajadores independientesDL 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 16 y 90; Ley 16.395; Ley 18.469; Ley 18.933; Ley 21.133
26/04/2021Dictamen 51062-2021SIL maternal - Trabajadores independientes Subsidio por incapacidad laboral - Subsidio maternal - Trabajadores independientesDL 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 16 y 90; Ley 16.395; Ley 18.469; Ley 18.933; Ley 21.133
23/02/2021Dictamen 679-2021Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Trabajador independiente - Subsidio por incapacidad laboralLeyes N°s. 16.395 y 21.133.
28/10/2020Dictamen 3387-2020Licencias médicasCotizante Isapre - Licencia Médica - Organismo competenteArtículo 27, Ley 16.395; Artículo 197, Artículo 201, DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud; Artículo 3, Ley 21.247
23/05/2020Dictamen 46222-2020 Trabajador independiente 
23/04/2020Dictamen 1466-2020Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Subsidio por incapacidad laboral - PagoLey N° 16.395; Ley Nº 18.833; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Decreto N° 4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud; Decreto Supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
28/01/2020Dictamen 354-2020Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL)Trabajadores independientesLey 21.133; Artículo 90, del D.L. Nº 3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
29/09/2019Dictamen 44855-2019SIL maternalSubsidio por incapacidad laboral - Subsidio maternal - Trabajadores independientesLey N°16.395; Artículo 149, 152, del D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud; Artículo 11 del D.S. N° 57, de 1991, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 195, 196, del Código del Trabajo; Artículo 17, del D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°21.112
31/07/2019Dictamen 5197-2019VariosTrabajadores independientesLeyes Nºs 16.395; Ley N° 21.133; Ley N° 20.255; artículo 42 N° 2, del D.L. 824, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1 del Ministerio de Salud, a la Ley N° 21.063; artículos 92, 92 B, 92 D, 92 F, del D.L. 3.500, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16.744
TítuloDetalle
Ley 16.395Ley 16.395