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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

ARTICULO 19° El personal docente dependiente del Ministerio
de Educación, afecto al artículo 305° del decreto con
fuerza de ley 338, de 1960, mantendrá el régimen trienal
que dicha disposición establece mientras se procede a la
incorporación integral al sistema general del presente
decreto ley.