Protección a la maternidad: conoce los permisos vigentes para personas trabajadoras
Los beneficios permiten acompañar las distintas etapas de la maternidad, desde el embarazo hasta los primeros meses de crianza.
04 de junio de 2026
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) recuerda los permisos maternales vigentes para las personas trabajadoras, beneficios que buscan proteger la salud de la madre y favorecer el cuidado del recién nacido durante el embarazo, el parto y los primeros meses de vida.
Entre ellos se encuentra el permiso prenatal, que otorga a la trabajadora un descanso de seis semanas (42 días) antes de la fecha estimada de parto. Si el nacimiento ocurre después de ese plazo, el permiso se extiende hasta que se produzca el parto.
Tras el nacimiento, corresponde el permiso postnatal, que tiene una duración de 12 semanas (84 días). Este puede ampliarse a 18 semanas cuando el niño o niña nace antes de las 33 semanas de gestación o pesa menos de 1,5 kilos. Además, en caso de parto múltiple, se agregan siete días corridos por cada hijo o hija a partir del segundo. Si concurren ambas circunstancias, se aplica la extensión que resulte más favorable.
Asimismo, el permiso postnatal puede prolongarse cuando la trabajadora presenta una enfermedad derivada del parto, acreditada mediante certificado médico.
Si la madre fallece durante el parto o mientras hace uso del permiso postnatal, este beneficio -o el tiempo restante- puede ser utilizado por el otro progenitor o por quien tenga el cuidado personal del niño o niña.
Una vez finalizado el postnatal, comienza el permiso postnatal parental. La madre puede optar por utilizarlo durante 12 semanas a jornada completa o durante 18 semanas con reincorporación a media jornada a su trabajo.
Este permiso puede ser traspasado al padre u otro progenitor desde la séptima semana, por el número de semanas que la madre determine. Las semanas cedidas deben utilizarse al final del período y bajo la misma modalidad elegida por la madre.
Durante los permisos de protección a la maternidad, las personas trabajadoras del sector privado e independientes que cumplan los requisitos legales tienen derecho a recibir un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), beneficio económico que reemplaza su remuneración. En el caso de las personas trabajadoras del sector público, se mantiene el pago íntegro de sus remuneraciones durante estos períodos.