Más de 300 personas se capacitaron sobre el Seguro Sanna
La Suseso capacitó a más de 300 personas de manera gratuita sobre el seguro que permite a las madres, padres o cuidadores/as ausentarse de su trabajo para prestar acompañamiento y cuidado a hijos e hijas afectadas/os por una condición grave de salud.
13 de julio de 2026
El pasado jueves 9 de julio, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) dictó una nueva capacitación online y gratuita, esta vez sobre el Seguro para el Acompañamiento de Niños, Niñas y Adolescentes (Sanna) al que asistieron 302 personas.
La charla fue realizada por Bárbara Hume, abogada del departamento Normativo de la Intendencia de Beneficios Sociales de la Suseso. La profesional explicó que el Seguro Sanna permite a las madres, padres o cuidadores/as (que tengan el cuidado personal de la o el menor mediante resolución judicial), ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, con el objeto de prestar atención, acompañamiento o cuidado personal a hijos e hijas afectadas/os por una condición grave de salud, recibiendo un subsidio que reemplace su remuneración.
Además, se mencionó que están protegidos y protegidas por el seguro: personas trabajadoras del sector privado (Código del Trabajo); personas funcionarias del sector público (exceptuando a las y los funcionarios/as de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad que sean imponentes de Capredena y Dipreca); personas trabajadoras independientes; y personas trabajadoras temporalmente cesantes, cuya última cesantía haya sido por el término de un contrato a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado.
Las contingencias protegidas por el Seguro Sanna son:
- Cáncer (niñas/os mayores de 1 año y menores de 18 años)
- Trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos (niñas/os mayores de 1 año y menores de 18 años)
- Fase o estado terminal de la vida (niñas/os mayores de 1 año y menores de 18 años)
- Accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional grave y permanente (niñas/os mayores de 1 año y menores de 15 años)
- Enfermedad grave que requiera hospitalización en UCI o UTI (niñas/os mayores de 1 año y menores de 5 años)
Para activar el seguro, la o el médico/a tratante debe emitir una licencia médica Sanna y un informe complementario Sanna. Ambos instrumentos son recepcionados por la entidad empleadora, o directamente por la Compin en el caso de las personas trabajadoras independientes o temporales cesantes. La Compin recibe los documentos y los analiza, para luego pronunciarse y notificar a la persona trabajadora y a la entidad empleadora sobre la resolución. Si es una resolución de autorización, la entidad debe notificar también al organismo que debe pagar el subsidio (ACHS, ISL, IST, Mutual de Seguridad) y a la Suseso. El organismo pagador deberá hacer el cálculo del subsidio y pagar.
Revisa aquí la grabación de la capacitación sobre el Seguro Sanna.