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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Licencias médicas electrónicas incluirán documento con información sobre lo que se puede y no se puede hacer durante el reposo médico

La medida instruida por la Suseso a Imed y Medipass, establece que las licencias médicas electrónicas deben incluir un documento en lenguaje claro con las acciones permitidas y aquellas que pueden derivar en el rechazo de la licencia o en otras sanciones.

15 de julio de 2026

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) instruyó a los operadores de licencias médicas electrónicas, Imed y Medipass, incorporar un documento al momento de emitir una licencia médica, el que informa, en un lenguaje claro y simple, qué pueden y qué no pueden hacer las personas trabajadoras mientras se encuentran con reposo médico.

De esta forma desde el pasado 13 de julio, cada vez que profesionales médicos/as, cirujano-dentistas y matronas emitan una licencia médica electrónica, este documento se adjunta automáticamente a la copia que reciben las personas trabajadoras, detallando las obligaciones que deben respetar durante el período de licencia.

El incumplimiento de estas medidas puede derivar en el rechazo de la licencia médica, la pérdida del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) e, incluso, en la aplicación de sanciones administrativas o judiciales.

El documento elaborado por la Suseso indica lo siguiente:

Lo que SÍ está permitido:

  • Ausentarse del trabajo mientras dura el reposo indicado
  • Recibir un Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL), que reemplaza la remuneración durante el período de licencia médica
  • Salir del domicilio particular para controles o tratamientos médicos relacionados con la condición de salud que dio origen a la licencia médica
  • Si la licencia médica es psiquiátrica, se puede salir del domicilio y realizar desplazamientos dentro del territorio nacional
  • La Compin o la Isapre, pueden verificar el cumplimiento del reposo, mediante visitas domiciliarias o utilizando información proveniente de registros administrativos u otras fuentes de información.

Lo que NO está permitido:

  • Trabajar remuneradamente o no, ya sea de forma dependiente o independiente, incluso en voluntariados que impliquen realización de labores de cualquier tipo.
  • Falsificar o alterar licencias médicas o antecedentes de salud
  • Salir del domicilio particular por razones no médicas o que no sean de primera necesidad, salvo que se trate de licencia médica de tipo psiquiátrica (A1)
  • Salir del país. Las únicas excepciones son las licencias prenatales o postnatales, donde sí se permite desplazarse dentro y fuera del territorio nacional. Las licencias por enfermedad grave de niño menor de un año y las por patologías del embarazo NO pueden salir del país.

Revisa el documento aquí.

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