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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Cambios de recorrido por lluvias no impedirá la cobertura del seguro laboral ante un accidente de trayecto

La medida busca resguardar la cobertura del Seguro de la Ley N°16.744 para las personas trabajadoras que, debido al sistema frontal, deban modificar sus desplazamientos habituales por calles anegadas, cortes de caminos, desbordes de ríos u otras situaciones de emergencia.

17 de julio de 2026

Ante el intenso sistema frontal que afecta a diversas regiones del país y las dificultades que enfrentan las personas para trasladarse entre sus hogares y sus lugares de trabajo, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) instruyó a las mutualidades de empleadores (ACHS, Mutual de Seguridad, IST) y al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) considerar los cambios de ruta que deban realizar las y los trabajadores como consecuencia de la emergencia climática al momento de calificar un accidente de trayecto.

La medida responde a las condiciones excepcionales provocadas por las intensas lluvias, que han generado cortes de caminos, calles anegadas, desbordes de ríos y otras situaciones que obligan a modificar los recorridos habituales para desplazarse de manera segura.

La Suseso recordó que la Ley N°16.744 protege los accidentes que ocurren en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo, así como aquellos que se producen entre dos lugares de trabajo, incluso cuando correspondan a distintos empleadores.

En ese contexto, el organismo fiscalizador precisó que la necesidad de utilizar rutas alternativas debido a una emergencia como la que enfrenta el país no debe, por sí sola, impedir que un accidente sea calificado como accidente de trayecto, siempre que dicho cambio responda a las condiciones extraordinarias derivadas del sistema frontal.

Con esta instrucción, la Superintendencia busca otorgar certeza y resguardar los derechos de las y los trabajadores que, para proteger su integridad física, deban modificar su recorrido habitual a causa de las contingencias provocadas por el mal tiempo.

La Superintendencia continuará monitoreando la evolución de la emergencia y coordinando las acciones necesarias con los organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744 para asegurar una adecuada protección de las personas trabajadoras durante este evento climático.

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