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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Suseso publica guía para evaluar enfermedades musculoesqueléticas en maquinistas ferroviarios

La Circular N°3924 establece criterios técnicos específicos para evaluar las condiciones de trabajo de quienes conducen trenes de pasajeros y carga, considerando factores como posturas forzadas, movimientos repetitivos y exposición a vibraciones.

04 de septiembre de 2026

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó la Circular N°3924, que incorpora una nueva guía técnica para orientar la evaluación de las condiciones de trabajo de las personas que se desempeñan como maquinistas de trenes de pasajeros y de carga, en el marco del proceso de calificación de enfermedades musculoesqueléticas de origen laboral.

La guía establece criterios técnicos mínimos para identificar y registrar los factores de riesgo presentes en este tipo de trabajo, considerando las tareas que se realizan, la organización de las jornadas y las condiciones específicas de la conducción ferroviaria. Su objetivo es contribuir a que los Estudios de Puesto de Trabajo realizados por los organismos administradores del seguro laboral (ACHS, IST, Mutual de Seguridad e ISL) permitan analizar de manera adecuada si una enfermedad musculoesquelética es de origen laboral o común.

La elaboración de esta guía consideró reuniones con representantes de las personas trabajadoras y empresas del sector, visitas a terreno, recorridos en ruta y mediciones de vibración de cuerpo entero realizadas por el Instituto de Salud Pública. Las nuevas disposiciones que incorpora esta guía al Compendio de Normas del Seguro de la Ley N°16.744 comenzarán a regir el 1 de diciembre de 2026.

La necesidad de contar con criterios específicos se relaciona con las particularidades de estas labores. A diferencia de otros trabajos, la conducción ferroviaria se realiza mientras el tren está en movimiento, con recorridos que comienzan y terminan en lugares distintos, variaciones en las rutas, condiciones de las vías y sistemas de turnos. Por estas características, realizar un Estudio de Puesto de Trabajo directamente durante un recorrido puede ser logísticamente complejo.

Por esta razón, la nueva guía autoriza excepcionalmente que la evaluación práctica se desarrolle en un ambiente simulado o demostrativo, utilizando una locomotora fija en patio. Sin embargo, la medición de agentes ambientales específicos, como la vibración de cuerpo entero, deberá efectuarse obligatoriamente en condiciones reales de recorrido para garantizar validez técnica.

En este tipo de trabajo, existen situaciones que pueden aumentar la exigencia postural. En determinadas locomotoras de carga, por ejemplo, la conducción puede realizarse por el denominado "frente largo", lo que obliga a la persona a conducir en reversa y mantener el cuerpo y la cabeza rotados para observar la vía, mientras mantiene el hombro en abducción y opera el acelerador. Esta condición puede generar una postura forzada mantenida durante la conducción.

Otro factor considerado es la vibración de cuerpo entero, a la que están expuestas las personas que conducen trenes de pasajeros y carga. La guía señala que una exposición prolongada puede contribuir a trastornos musculoesqueléticos, especialmente a nivel de la columna lumbar, por lo que este agente debe ser considerado en el proceso de calificación de enfermedades profesionales.

La guía también reconoce que la actividad requiere mantener un estado de alerta constante frente a las condiciones de la vía, las señales, el tráfico ferroviario y las comunicaciones con el ayudante de maquinista. Los análisis ergonómicos realizados identificaron, entre otros aspectos, riesgos asociados a posturas forzadas y mantenidas, con especial compromiso del tronco, cuello y extremidades superiores.

Al momento de realizar la evaluación de cada caso, la mutualidad (ACHS, IST, Mutual de Seguridad) o ISL deberá realizar entrevistas por separado con la persona trabajadora afectada y con su supervisor/a directo o representantes del Comité Paritario de la empresa. Además, la persona trabajadora deberá estar presente durante la observación técnica y se revisarán factores clave del entorno como el diseño del asiento, la ergonomía del panel y el desgaste del trayecto.

Con la publicación de esta guía, la Suseso busca homogeneizar los criterios de evaluación médica y ergonómica entre todos los organismos administradores del seguro laboral.

Revisa la Circular N°3924 aquí.

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