Suseso abre consulta pública sobre nuevas exigencias para operadores de licencias médicas electrónicas
La propuesta contempla la creación de un registro público de operadores, nuevas obligaciones para la atención de reclamos y medidas para asegurar la continuidad del servicio. Las observaciones de la ciudadanía se recibirán hasta el 5 de noviembre.
27 de octubre de 2026
La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó un proyecto de circular que busca establecer nuevas reglas para las entidades que operan el sistema de licencias médicas electrónicas. La iniciativa apunta a fortalecer la supervisión de estos servicios por parte de la Suseso y establecer mayores exigencias para su funcionamiento. El documento estará disponible para recibir observaciones hasta el jueves 5 de noviembre.
Los operadores de licencias médicas electrónicas son las entidades encargadas de mantener los sistemas informáticos que permiten emitir y tramitar las licencias. Actualmente existen dos: Imed y Medipass. A través de ellos interactúan profesionales de la salud, entidades empleadoras, personas trabajadoras, Compin, Isapres y otras instituciones que participan en el proceso.
En materia de fiscalización, la circular en consulta precisa las facultades de la Suseso para solicitar información, revisar los sistemas y supervisar el funcionamiento de los operadores. Además, detalla los procedimientos sancionatorios que se pueden aplicar ante eventuales incumplimientos, que pueden contemplar multas de hasta 15.000 UF, según la gravedad de las infracciones.
Entre las principales medidas se encuentra la creación de un Registro público de operadores de licencias médicas electrónicas, administrado por la Suseso. Las entidades privadas deberán estar inscritas en este registro para suscribir convenios con Compin, Isapres, mutualidades y cajas de compensación. También se establecen requisitos mínimos para estos convenios, incluyendo que la emisión y tramitación electrónica de licencias médicas sea gratuita para las personas trabajadoras.
Respecto de la gestión de reclamos, los operadores deberán informar claramente sus canales de atención, entregar un comprobante que permita hacer seguimiento a cada solicitud y responder en un plazo máximo de 10 días hábiles, prorrogable por otros cinco cuando sea necesario solicitar antecedentes a terceros. Si la persona no está conforme con la respuesta, podrá recurrir ante la Suseso.
El documento establece, además, medidas para asegurar la continuidad de la tramitación de licencias médicas cuando un operador deje de prestar sus servicios. Asimismo, refuerza las exigencias para la prevención de fraudes, los conflictos de interés y las buenas prácticas de gobierno corporativo, para fortalecer la transparencia y el correcto funcionamiento del sistema.