Fiscalización de licencias médicas preventivas parentales.
Seguimiento en el Departamento de COMPIN Nacional (DCN) por emisión de LMPP a beneficiarios, las que no pueden exceder más de 3 licencias de este tipo, y que deben ser otorgadas por médicos de esta Superintendencia, en las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
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Metodología general de la fiscalización
Se fiscaliza lo instruido en la letra i), párrafo IV del numeral I y numeral VI, de la Circular 3.524, referido al número de LMPP que pueden ser tramitadas y al monto del subsidio por incapacidad laboral derivado de la LMPP, respectivamente.
Principales observaciones
La fiscalización, respecto de lo observado y dada la explicación entregada por el Departamento de COMPIN Nacional (DCN), cumplió su objetivo de velar por el cumplimiento de la normativa vigente, emitida por esta Superintendencia.