Dictamen 36208-2017
1.- Usted se ha dirigido ante esta Superintendencia, reclamando en contra de la determinación
adoptada por la Mutualidad, por cuanto, atendido lo por ésta resuelto en su caso,
se encuentra imposibilitado de realizar trabajos a gran altura geográfica, actividad
que ha desarrollado sin problemas ni contraindicaciones desde el año 1996, en diversas
compañías mineras. Por otra parte, refirió, que durante el año 2000 fue intervenido
con TAC, cambiándosele en el año 2010, la válvula mitral, manteniéndose durante todos
estos años con controles rigurosos, conforme la certificación entregada por su médico
tratante.
En mérito de lo antes indicado y, teniendo presente los restantes descargos contenidos
en su presentación, como asimismo, en conformidad con la documentación acompañada,
dentro de ella el informe evacuado por el facultativo que lo atendió, que avalaría
su óptima condición clínica para trabajar en altura, solicita se revise la determinación
adoptada por la citada Mutualidad.
2.- Requerida al efecto, dicha Mutualidad procedió a remitir los antecedentes solicitados,
informando que Ud. ingresó en sus dependencias el día 30 de marzo de 2017, para la
realización de los pertinentes exámenes que definieran su compatibilidad de salud
con la exposición a gran altura geográfica. En dicho estudio, se constataron antecedentes
de vulvolopatía con recambio valvular mitral el año 2010, en tratamiento anticoagulantes
oral; I.M.C. de 30.9; deficiente agudeza visual de cerca para ambos ojos, colesterol
HDL alterado y patrón eléctrico compatible con fibrilación auricular (observado en
electrocardiograma).
Atendida la referida alteración, Ud. fue derivado a evaluación con especialista a
través de su sistema de salud común, atendida la posible presencia de patologías no
laborales, estableciéndose la incompatibilidad con funciones en gran altura geográfica,
mientras se esperaba el resultado del pertinente examen.
Finalmente, señaló que, con fecha 18 de abril de 2017, Ud. se presentó a reevaluación
con el informe del especialista, que confirmó el diagnóstico de fibrilación auricular,
lo que corroboró su inaptitud para desempeñarse como operador a gran altura geográfica,
por cuanto dichas actividades podían generarle riesgos.
3.- Sobre el particular, cumplo con señalar que, profesionales médicos de este Servicio
procedieron a revisar la totalidad de los antecedentes aportados, estableciendo que
Ud. es portador de una Arritmia cardíaca completa por fibrilación auricular, acorde
dicho diagnóstico, la prótesis mecánica mitral y tratamiento anticoagulante permanente,
constituye una situación clínica que está contraindicada (contraindicación absoluta),
para el desempeñó en altura geográfica sobre los 3.000 metros, como se ha establecido
en su caso.
4.- En consecuencia y con el mérito de lo anteriormente expuesto, esta Superintendencia
aprueba lo obrado por la Mutualidad, que determinó en su caso, la contraindicación
para su trabajo en gran altitud geográfica.