Dictamen 884-1978
Una Caja de Previsión de Empleados ha procedido ajustada a derecho al suspender el
pago de la asignación familiar de un imponente, por hijo que sigue curso de Químico
Laboratorista industrial en un InstitutoTécnico, porque entre los cursos que imparte
ese Instituto que están reconocidos por el Estado, no se encuentra el señalado. Por
ello, es también legítimo que deba restituir el presunto beneficiario las sumas percibidas
indebidamente, sin perjuicio de solicitar la remisión de la deuda o el otorgamiento
de facilidades para pagarla, de acuerdo con el art 11 de ley 17213.