Dictamen 1584-1978
.
Para acreditar la calidad de estudiantes de hijos, para los efectos del pago de la
asignación familiar respectivo, no basta acompañar certificados de matrícula de ellos,
sino que es necesario exhibir certificados de estudios, en original, extendidos por
los respectivos establecimientos educacionales que acrediten la calidad de alumnos
regulares de los interesados.