Dictamen 1975-1978
.
El Servicio de Bienestar del personal de esa Subsecretaría puede disponer de fondos
para gastos menores, mediante la creación del fondo para estos efectos por resolución
del Subsecretario o de quien tenga facultades por delegación de funciones. El art.
18 del Decreto 197, de 1974, que aprueba el Reglamento de ese Bienestar, lo autoriza
para contratar el personal profesional, técnico y administrativo que el Servicio necesite
y, por lo tanto, sus remuneraciones, deben ser pagadas por el propio Bienestar