Fuentes: D.L. N° 603, de 1974; D. N° 155, de 1974, Previsión; Código Civil
La Caja ha procedido ajustada a derecho al negar lugar a la solicitud de ampliación
del subsidio de cesantía presentada por el ocurrente, por extemporánea, ya que el
beneficio debió ser impetrado en la oportunidad en que se cobro la última mensualidad
del período anterior de subsidio o dentro del plazo siguiente de 30 días, fijado administrativamente
por la Caja.
ANOTACIONES
NOTA: Conc 566 22-2-77 Ver dictamen 6716 4-9-84 Ampliación del Subsidio después de
la entrada en vigencia de la ley 18.228 ( DFL 150, 1981, art 46 y 47)
Ley N° 11.764; D.L. N° 1.939, de 1977; D.L. N° 1.939, de 1977; D. N° 722, de 1955,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D. N° 197, de 1974, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social