Dictamen 2401-1978
.
Un Instituto de Secretariado y un organismo de beneficencia no están incluídos en
la nómina de establecimientos educacionales enviada por el Ministerio de Educación,
vigente para el presente año, por lo que alumnos que siguen cursos en ellos no pueden
ser invocados como causantes de asignación familiar en los términos previstos por
el art, 3 del DL 307, de 1974.