Dictamen 3342-1978
.
Los alumnos de los cursos pre-universitarios de la Universidad no pueden ser invocados
como causantes de asignación familiar en los términos previstos por el art. 3 de DL
307, de 1974, porque dichos cursos no son regulares ni corresponden a la enseñanza
superior que imparte esa Universidad, según lo ha determinado el Consejo de Rectores
de las Universidades Chilenas