Dictamen 3566-1978
.
Los alumnos del Seminario pueden ser invocados como causantes de asignación familiar,
en los términos previstos por el Art 3 del DL 307, de 1974. El Consejo de Rectores
de las Universidades Chilenas ha enviado un informe de la Universidad que expresa
que el mencionado Seminario se encuentra reconocido por el Estado y que imparte enseñanza
especializada y Superior para los que siguen la Carrera Eclesiástica.