Dictamen 205-1979
El DFL 42, de 1978 constituye el Estatuto General de las Cajas de Compensación y los
Estatutos particulares de cada una de ellas deben adecuarse a su normativa, lo que
no significa que en estos últimos deban repetirse las normas del DFL sino que desarrollarlas
para el caso específico de la Caja de que se trata. Los Estatutos de la Caja de Compensación
xx deben reelaborarse porque son sólo una repetición del DFL 42. Además se incurren
en ellos en diversos errores, tales como citar el DFL 245, de 1953 que ha sido derogado
por los DL 97 de 1973 y 307, de 1974 y por el propio DFL 42 y otros que se especifican.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 10/01/1984 | Dictamen 205-1984 | Cajas de Compensación | D.F.L. Nº 42, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 91, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |