Dictamen 606-1979
.
Imparte instrucciones a esa Caja para que asuma la administración de los regímenes
de prestaciones familiares y de subsidios de cesantía, respecto de aquellos grupos
de imponentes que, teniendo la calidad de afiliados de la Canaempu, lo son también
de la Caja Empart en relación con las prestaciones específicas de que se trata, todo
ello de acuerdo con los arts. 1 y 2 D.F.L. N° 43, de 1978