Dictamen 2588-1979
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Los alumnos en práctica de las Escuelas Especiales de Adultos pueden ser invocados
como causantes de asignación familiar, en los términos previstos por el Art 3 del
DL 307, de 1974, de acuerdo con lo informado al respecto por el Ministerio de Educación,
porque de acuerdo con el Art. 2 del Decreto 822, de 1978 de ese Ministerio, los alumnos
en práctica gozan de los beneficios de todos los alumnos regulares, dentro de los
cuales se encontraría el derecho a la asignación familiar.