Dictamen 1370-1980
.
Complementa nóminas de establecimientos educacionales cuyos alumnos pueden ser invocados
como causantes de asignación familiar, en los términos del art. 3 del DL 307, de 1974
con las sedes de Temuco, Osorno, Puerto Montt y Anexo de Angol de la Sede de Temuco
del La Empresa X. Señala resoluciones que reconocieron la calidad de Cooperador de
la Función educacional del Estado e indica que los alumnos causan asignación familiar
a contar de la fecha de reconocimiento.