Dictamen 2823-1981
El art. 23º del DL. Nº 3.501, de 1980, vigente desde el 1º de marzo de 1981, en términos
generales y con las excepciones que indica, procedió a derogar las disposiciones legales
que contemplaban aportes o cotizaciones previsionales que no tuvieran el carácter
de imposiciones de los trabajadores o de los pensionados.
Por consiguiente, debe entenderse derogado, a partir del 1º de marzo de 1981, el art.
2º de la Ley Nº 17.290, por cuanto se refería a un aporte previsional que por su naturaleza
no constituía una imposición propiamente tal de los trabajadores ni de los pensionados