Dictamen 3652-1985
No procede autorizar la primera licencia otorgada a la recurrente, ya que el artículo
55º del D.S. Nº 3, de 1984, del M. de Salud, dispone que "la enmendadora de la licencia,
de cualquier naturaleza que ella sea, será motivo de rechazo, aún cuando se presente
con la enmienda salvada por quién cometió el error", ... toda vez que aparecen enmendadas
las fechas correspondientes a la duración del reposo concedido.
Respecto de la segunda licencia, es necesario hacer presente que de acuerdo al artículo
56º del mismo texto reglamentario, "no procede autorizar aquellas entregadas por el
trabajador al empleador más allá del período de vigencia de las mismas". En la especie
consta de la sección Nº 6 del formulario que la recurrente entregó el documento al
empleador una vez transcurrido el período de vigencia por lo que también procede el
rechazo de ésta