Dictamen 6893-1985
Por Oficio N° 1721 de este año, la Dirección del Trabajo acompañó el Informe de Fiscalización
respectivo en el que se señala que esa Dirección, mediante el Oficio Ord. N° 393 de
23 de enero pasado ...concluyó que la jornada de trabajo de 37 horas semanales a que
se encuentran afectos los dependientes que laboran en los proyectos intensivos de
mano de obra, creados por el Ministerio del Interior, resultaba jurídicamente procedente
calificarla como jornada parcial.". Hace presente, asimismo que los dependientes de
la empresa en referencia están laborando en el proyecto antes señalado.
Sobre el particular, atendido el Informe de Fiscalización acompañado y lo dictaminado
por la Dirección del Trabajo en su Oficio N° 393, de 1985, cabe concluir que los trabajadores
de que se trata tienen una jornada parcial de trabajo y que, por ende, el monto de
la asignación familiar que les corresponde percibir debe ser proporcional a ella.